Definición Decreto de 9 de mayo de 2017 sobre la polidiscapacidad “Personas con una disfunción cerebral precoz o sobrevenida durante el desarrollo, que provoca graves alteraciones con expresiones múltiples y evolutivas de la eficacia motriz, perceptiva, cognitiva y de la construcción de las relaciones con el entorno físico y humano, y una situación de extrema vulnerabilidad física, psíquica y social durante la cual algunas personas pueden presentar, de forma transitoria o duradera, signos de la serie autista”.
Definición Polidiscapacidad PNDS “minusvalías graves y múltiples – ausencia de marcha autónoma, ausencia de lenguaje oral significativo, deficiencia intelectual profunda – Estas deficiencias de un cerebro en desarrollo tienen consecuencias progresivas a lo largo de la vida: trastornos neurológicos, ortopédicos, digestivos, respiratorios, sensoriales y de otro tipo. Los problemas de comportamiento son frecuentes, al igual que los síntomas de dolor. Hay que tener en cuenta las capacidades perceptivas, sensitivas y emocionales de estas personas, sus habilidades y su apetencia por la comunicación, para optimizar los cuidados y la calidad de vida.
Definición Polidiscapacidad HAS Situación de vulnerabilidad causada por una lesión cerebral grave en un cerebro inmaduro/en desarrollo, generalmente antes de los 2 años ” y “carácter irreversible ” de la polidiscapacidad. Se refiere al PNDS: discapacidades graves y múltiples (ausencia de marcha autónoma, ausencia de lenguaje oral significativo, deficiencia intelectual profunda).
Base común :
Lésion sobre un desarrollo desarrollo
Causas fijas o progresivas
Deficiencia mental y física grave / dependencia total de otros